Ministerio del Medio Ambiente inicia requerimiento de información a productores regulados por la Ley 20.920

El Ministerio del Medio Ambiente dio inicio oficial al proceso de requerimiento de información a los productores de productos prioritarios establecidos en la Ley N°20.920, mediante la Resolución Exenta N°4771 del 15 de julio de 2025. Esta etapa contempla la entrega de datos sobre la comercialización de estos productos en el territorio nacional durante el año 2024.

Las empresas deberán realizar su declaración de manera obligatoria a través del portal del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), desde la fecha de publicación de la resolución hasta el 15 de septiembre de 2025. Portal VU – Ventanilla Única RETC

Este requerimiento se enmarca en la Ley N°20.920, también conocida como “Ley REP”, que establece el marco legal para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y el fomento al reciclaje. Su objetivo es claro: reducir la generación de residuos y avanzar hacia un país que reutiliza, recicla y valoriza, resguardando la salud de las personas y el medio ambiente.

De acuerdo con el artículo 11° y artículo segundo transitorio de la Ley N°20.920/2016, el D.S. N°8/2019 y D.S. N°12/2020 del Ministerio del Medio Ambiente, esta Subsecretaría está facultado para requerir a las empresas productoras de productos prioritarios información anual sobre la comercialización y la gestión de residuos, en los casos donde los decretos supremos específicos aún no estén en vigencia.

Los productos prioritarios que deben ser reportados incluyen: 

  • Aceites lubricantes.
  • Aparatos eléctricos y electrónicos.
  • Baterías.
  • Envases y embalajes, incluyendo aquellos productores que introduzcan en el mercado: menos de 300 kilogramos de envases; envases reutilizables; y, envases pertenecientes a la subcategoría “otros”.
  • Neumáticos de bicicletas y de sillas de rueda, y neumáticos macizos.
  • Pilas.
  • Diarios, periódicos y revistas.
  • Textiles (Incorporados como producto prioritario por la Resolución Exenta N°3914 de 2025)

Es importante recordar, que aquellos productores que se encuentren adheridos a un sistema de gestión para dar cumplimiento a sus metas de recolección y valorización y obligaciones asociadas de los productos prioritarios neumáticos y/o envases y embalajes, pero introduzcan al mercado categorías y/o subcategorías de estos productos, no sujetos a metas y a la responsabilidad extendida del productor; el cumplimiento del presente requerimiento de información deberá realizarse a través del sistema de gestión al que se encuentre adherido, pero sólo respecto al producto prioritario para el cual operen.

Para facilitar el proceso, el Ministerio ha puesto a disposición material de apoyo descargable en la Caja de Herramientas de la Ventanilla Única del RETC, en el siguiente enlace: Manuales – Portal VU. Además, se ofrecerá una capacitación virtual el martes 29 de julio a las 15:30 horas vía Zoom, donde se entregará orientación práctica y se resolverán dudas.

Enlace de Inscripción aquí:

https://us06web.zoom.us/webinar/register/WN_cwvvzzzqTqOWOGACLeZaEw 

Para más información, revisa la Resolución 4771-2025 Requerimiento de Información de Productores REP o visite el sitio web del Ministerio del Medio Ambiente https://economiacircular.mma.gob.cl